De las ordenanzas de Lamasón:
“Que para la conserbación de lo que es de cada jurisdición propio y no del Valle se prebiene que hasta el dia de San Pedro Veinte y nuebe de Junio de cada un año, que es cuando se cierra la Dehesa Agostiza, y se lebantan las Bacas al puerto a Dormir, no se permita que ninguno dege de Seguir en Derechera donde Abrila en los Ybernales especialmente las que confinan con las rayas Dibisorias de los Valles Cercanos como son las que Abrilan en la Corona y bustitur a las majadas a la Cabeza de Cuenca, Cabeza de Montecillo y hoya de Piedra hita, las que Abrilan en el Sus de Abellanedo o la piruja, a la pinilla de Sel de Sus, Sel de Jartal y Despues con lar de la Corona; Lar de Montolombrera a Jorquedo, advirtiendo que esta majada sólo se use en el mes de Mayo no más a braña trimera y a la pinilla de Tolobredo; y las que Abrilan de la Casa del Monte a la Dehesa de Abajo y a la Jilguera de hay abajo hasta la riega robredo, Despues que salgan de las Casas todas sigan y salgan a Dormir a la brañuca de Sierra Mediana, brañizo de Tolobredo y a el Collado Tegedo, Digo hoz de Cagigo y las demás que toman Abril en los restantes de Tanea, como en los Candanales, Sel embernizo, prado redondo, Espinas, Mazo y demás se mantengan cerca de sus Abriladuras en sus primeras majadas hasta dicho dia de San Pedro (...)"
Destaco dos topónimos: "Lar de la Corona" y "Lar de Montolombrera". ¿Tendrán que veer con "llar", lugar onde aposa´l ganáu en monti (Liébana, creo qué)? ¿Angunu cunoz la palabra de primer manu?
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